
A doce años de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) celebra las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) para este grupo poblacional, en materia de consulta, participación, no
discriminación, igualdad ante la ley y educación inclusiva, las cuales permiten
implementar acciones efectivas conforme al espíritu de ese instrumento jurídico
internacional.
Sin embargo, éste Organismo Constitucional Autónomo manifiesta su preocupación
en los siguientes rubros:
La armonización normativa continúa siendo insuficiente y alejada de los
principios y preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad, lo que ocasiona que esta población se
encuentre en un estado de indefensión respecto de sus pares sin
discapacidad.
No hay información oficial sobre la articulación, funcionamiento y actuación
del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con
Discapacidad (SINADIS).
Las instituciones encargadas de la coordinación, orientación, diseño e
implementación de políticas y programas para la atención e inclusión de las
personas con discapacidad están debilitadas.
Las políticas asistenciales no incluyen estrategias y acciones claras que
deriven en la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en todos
los ámbitos de la vida.
Escasa información sobre el rubro de discapacidad en los lineamientos del
Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, así como
mínima participación de las organizaciones de y para personas con
discapacidad.
Dirección General de Comunicación
Por ello, esta Comisión Nacional recomienda al Estado mexicano:
En conjunto con todos los actores involucrados, reforzar las acciones de
armonización normativa conforme a los principios y preceptos contenidos en
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en
especial, el reconocimiento de las personas con discapacidad como iguales
ante la ley.
Definir de manera clara las formas de articulación, funcionamiento, actuación
y evaluación del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las
Personas con Discapacidad (SINADIS).
Brindar certeza jurídica sobre el mecanismo para la coordinación,
orientación, diseño e implementación de políticas y programas para la
atención e inclusión de las personas con discapacidad, estableciendo
competencias y atribuciones sólidas en términos del artículo 33 numeral 1 de
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Implementar políticas transversales e incluyentes encaminadas a lograr el
desarrollo pleno de las personas con discapacidad.
El Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
incorpore de manera transversal el tema de discapacidad en sus acciones de
seguimiento, con la participación activa de personas con discapacidad y sus
familias a través de las organizaciones, de conformidad con los artículos 4
numeral 3 y 33 numeral 3 de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad.
La CNDH recuerda al Estado mexicano la deuda histórica vigente con las personas
con discapacidad y le exhorta a cumplimentar al máximo de los recursos disponibles
las obligaciones adquiridas en el referido tratado internaciona
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